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BE-Normativa Financiera

VISUALIZACIÓN DE LA NORMA

Norma vigente

Texto consolidado


Circular 2/2005, de 25 de febrero, del Banco de España, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España. (BOE de 22 de marzo)
 
ANEJO I
Ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas encomendadas al mismo por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable
 
FICHERO  RECLAMACIONES, QUEJAS Y CONSULTAS[13] [14]  

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Normativa de referencia:

Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras (BOE de 24 de marzo).

Tipo de fichero:

Gestionado por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Tramitación, resolución y gestión de las reclamaciones, quejas y consultas que formulen los usuarios de servicios financieros, así como la obtención de datos estadísticos de aquellas. Remisión de publicaciones del Departamento.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

Publicaciones.

Otras finalidades.

Origen de los datos:

El propio interesado o su representante legal.

Entidad privada.

Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

Otros colectivos: usuarios de servicios financieros y personas físicas que sean destinatarias de las publicaciones.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

Datos especialmente protegidos:

No incluye datos de este tipo.

Datos relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

Datos de carácter identificativo:

NIF/DNI.

Nombre y apellidos.

Dirección.

Teléfono.

Firma/huella.

Imagen/voz.

Firma electrónica.

Otros datos de carácter identificativo: número de pasaporte, nacionalidad, dirección de correo electrónico, fax.

Otros datos tipificados:

Económicos, financieros y de seguros.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel básico.

Cesiones de datos de carácter personal:

Órganos judiciales.

Órganos de la Unión Europea.

Otros órganos de la Administración del Estado.

Entidades de crédito.

Otras entidades financieras.

Otros: Comisión Nacional del Mercado de Valores, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sepblac, Defensor del Pueblo.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

Otros órganos públicos de otros Estados.

Organismos internacionales.

Órganos judiciales.

Otras categorías: organismos del Espacio Común Europeo competentes para la resolución extrajudicial de litigios transfronterizos entre consumidores y proveedores de servicios en el ámbito de los servicios financieros, integrados en la red FIN-NET, órganos supervisores de instituciones financieras o mercados financieros, y países miembros de la Unión Europea y otros con los que exista reciprocidad.


[13]
Nombre anterior: Servicio de Reclamaciones.
[14]
Redactado según Circular 4/2014, de 30 de julio, norma decimoquinta.
 
 
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